ESTATUTO DE LOS COLEGIOS Y DELEGACIONES FEDERADOS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1
El Colegio de Licenciados en Administración es una corporación gremial con personería jurídica, patrimonio propio y sin fines de lucro, con todos los derechos, obligaciones y atribuciones que le señala la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración y su Reglamento, este Estatuto, sus Normas y Procedimientos, el Código de Ética Profesional del Licenciado en Administración y el Estatuto, Normas y Procedimientos que rigen en la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela.
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